A- de 2024
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Acuña Garces Pablo·Demandado Electricaribe Sa Esp Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre ocupación permanente de predios que no constituyan legalmente una servidumbre
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Magdalena y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Quinta de Decisión Civil – Familia.
Causa de la controversia radica en una demanda ordinaria reivindicatoria agraria, iniciada por un ciudadano, en contra de Electrificadora del Caribe S.A.
E.S.P. - Electricaribe S.A.
E.S.P. en liquidación, mediante la cual pretende la indemnización, en cuantía referida en escrito de demanda o, la restitución de la porción de terreno que fue afectada por la instalación de unas redes de energía, sin que se produjera una expropiación legal, constitución de servidumbre, compra directa o indemnización, sino una ocupación por la vía de los hechos.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte la demanda tiene como objeto que se declare la responsabilidad de Electricaribe S.A.
E.S.P. por la ocupación del predio de propiedad del demandante y el pago de los perjuicios patrimoniales causados por la ocupación por vía de hecho que, al parecer, ha ejercido Electricaribe S.A.
E.S.P.
Lo anterior, de conformidad con el procedimiento definido en la Ley 56 de 1981 y según lo establecido en el artículo 57 de la Ley 142 de 1994.
En ese sentido, considera la Sala que el caso se ajusta a la regla establecida en Auto 141 de 2022, según la cual, corresponde a los jueces ordinarios, en su especialidad civil, el conocimiento de los conflictos originados por la ocupación permanente de predios por parte de empresas prestadoras de servicios públicos, en los eventos en los que no se hubiese constituido legalmente una servidumbre.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Quinta de Decisión Civil – Familia para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Tribunal Administrativo del Magdalena.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Quinta de Decisión Civil - Familia y el Tribunal Administrativo del Magdalena, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Quinta de Decisión Civil - Familia, es la autoridad competente para conocer la demanda interpuesta por el señor Pablo Acuña Garcés en contra de Electricaribe S.A. E.S.P.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5352 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Quinta de Decisión Civil - Familia para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Tribunal Administrativo del Magdalena.
- TERCERO. COMPULSAR COPIAS del expediente de la referencia a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Magdalena, para que, dentro de sus competencias, adelante las acciones que estime pertinentes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.